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Durante mayo y junio las empresas y los patrones están obligados por la ley a realizar el pago de las Utilidades. Siempre y cuando la empresa tenga un ingreso anual a 300 mil pesos.
Si la empresa tiene menos de un año de operaciones no está obligada, de igual forma si es una empresa encargada de la creación de un nuevo producto, esta dos años exenta de este pago.
¿Cuándo me tocan las utilidades?
– Si trabajaste mas de 60 días en la empresa, de forma continua o discontinua.
– Si ya no trabajas ahí, tienes un año a partir de la fecha limite de entrega para cobrar las utilidades.
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