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El RESICO (Régimen Simplificado de Confianza), es el régimen “actual” que esta por suplir al RIF (Régimen de Incorporación Fiscal). El RESICO esta enfocado en las micro, pequeñas y medianas empresas (MiPymes). Cabe destacar que tributar en este régimen te da ciertos beneficios.
Beneficios
· Cálculo automático de impuestos.
· Facilidades administrativas.
· Declaraciones programadas.
· Bajas tasas del Impuesto Sobre la Renta (ISR).
También hay que recalcar que no todos los contribuyentes son aptos para entrar a este régimen, necesitan cumplir con ciertos requisitos, por ejemplo:
Personas Físicas
Con actividad empresarial que ingresen menos de 3.5 millones de pesos anuales.
Personas Morales
Deben tener ingresos anuales a 35 millones de pesos.
Y hay que tener en cuenta las características que adquieren las personas físicas y morales al entrar en este régimen.
Características del RESICO
– Se propone un esquema de deducción de inversiones a menor plazo.
– La determinación de los pagos provisionales deja de utilizar el coeficiente de utilidad obtenido del ejercicio fiscal anterior con el fin de apoyar a las micro y pequeñas empresas.
– El contribuyente no tiene derecho a deducciones para ISR.
– El contribuyente tiene derecho a deducciones para la Renta Gravable (PTU).
– El IVA de las deducciones es acreditable.
– Retención de 1.25% de ISR por personas morales. (Contribuyentes que realicen actividades empresariales, profesionales u otorguen el uso o goce temporal de bienes, a personas morales, estas últimas deberán retener la tasa del 1.25 %).
– El contribuyente no tiene derecho al acreditamiento de ISR retenido en pagos provisionales.
– Cancelación del CFDI global en el mismo mes. Los CFDI globales se emiten para todas aquellas ventas por las que ningún cliente solicitó un comprobante.
– No hay cambios en lo referente al Impuesto al Valor Agregado (IVA).
Personas Físicas
– Si eres persona física con actividad empresarial, se eliminan las deducciones dado que el calculo del ISR es automático con base en lo facturado.
Personas Morales
– Se les permite acumular ingresos cuando se perciben; gracias al flujo de efectivo.
Para inscribirte únicamente necesitas tu e.firma y tu buzón tributario actualizado. Para finalizar es necesario saber que te pueden dar de baja del RESICO sin posibilidad de reinscripción si:
– Incumples con sus obligaciones fiscales.
– Omites la presentación de tres o más pagos mensuales en un ejercicio fiscal.
– No presentes la declaración anual.
Fuente economía.gob.mx
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