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El SAT lanzó un comunicado en el cual dio a conocer los tramites que los contribuyentes deben de realizar antes del 31 de diciembre de 2022, todo esto para que las personas físicas y morales se mantengan al corriente de sus obligaciones fiscales.
Los tramites que el SAT señalo son:
Cancelación de facturas electrónicas.
Únicamente se pueden cancelar cuando la persona a favor de quien se expide acepta que se cancele.
Emisión de facturas en la versión 4.0
Esta versión entrará en vigor el 1 de enero de 2023 y será obligatorio incluir el nombre y el código postal del emisor y receptor.
Emisión de factura fácil en el RESICO
Este tipo de emisión solo funciona para los contribuyentes que tributen en el RESICO, se puede realizar en el sitio web sin e-firma o sello digital.
Generación de e-firma
Esto también funciona para los contribuyentes que tributen en el RESICO y aunque no es obligatorio pueden adelantar este trámite.
Habilitar el buzón tributario
Este será obligatorio para que exista una comunicación entre la autoridad y los contribuyentes.
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