Contribuyentes fuera del RESICO

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Foto: Google

El SAT (Servicio de Administración Tributaria) dio una prórroga para el 2 de octubre del 2023, en donde los contribuyentes que tributan en el RESICO (Régimen Simplificado de Confianza) debían tener su firma electrónica y el buzón tributario activo.

Uno de los beneficios era que podías emitir facturas electrónicas con dos aplicaciones “Factura Fácil” y “Mi Nómina” de “Mis Cuentas”.

Pero ahora, todos los contribuyentes que no tengan firma electrónica serán devueltos a su régimen correspondiente, el que este acorde con su actividad (empresarial, honorarios, arrendamiento, etc.).

RESICO

En este régimen entran los contribuyentes que tengan ingresos anuales de hasta 3.5 millones de pesos y pagan el ISR (Impuesto Sobre la Renta) que va desde el 1% hasta el 2.5%.

De igual forma pueden acceder a los beneficios de este régimen quienes realicen estas actividades empresariales y profesionales:

  • Talleres mecánicos.
  • Imprentas.
  • Restaurantes.
  • Cafeterías.
  • Cocinas económicas.
  • Bares.
  • Tiendas de abarrotes.
  • Misceláneas.
  • Minisúper.
  • Escuelas y guarderías.
  • Ferreterías y refaccionarias.

También pueden entrar al RESICO:

  • Abogados.
  • Contadores.
  • Médicos.
  • Odontólogos
  • Y muchos más.

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