Habrá multa si no tramitas la Carta Porte

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Foto: Pexels

Todas las personas y empresas que generen ingresos deben de rendirle cuentas a la autoridad, en este caso al Servicio de Administración Tributaria (SAT), ya que es la autoridad encargada de la recaudación y administración de impuestos.

El objetivo del SAT es hacer que los contribuyentes cumplan las leyes fiscales y aduanales y cerciorarse de que las personas físicas y morales cumplan con el pago de impuestos correspondientes, reflejados en la Declaración Anual.

Ahora la Carta Porte se esta modificando para actualizarla a la versión 3.0, ya que el 25 de noviembre de este año el SAT dijo que será obligatorio el uso de la versión 3.0, por esta razón existirán multas en caso de no cumplir con este requisito.

A pesar de que se anuncio el 25 de noviembre el SAT dio hasta el 31 de diciembre de 2023 para que los contribuyentes puedan poner en orden este requisito y empezar a usar la versión 3.0 una vez que empiece el año.

Multas por las Carta Porte

  • Si no la tramitas con el CFDI tendrás una multa que va desde los $400 hasta los $600 por cada CFDI incorrecto.
  • Si no la quieres mostrar la multa va desde los $760 hasta los $14,710, esa multa va si el chofer no cuenta con el documento físico ni virtual.
  • En las reincidencias la multa va desde los $1,700 hasta los $112,650, en ocasiones se puede clausurar de forma preventiva.
  • Registrarte como persona física, la multa va desde los $1,700 hasta los $3,380 y la clausura preventiva.
  • No tramitar o no portar el documento la multa va desde los $880 hasta los $17,300.

Para cualquier servicio relacionado con el tema, escríbenos:

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