¿Me pueden multar si no tramito mi RFC?

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Foto: Pexels

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) ha generado claridad en torno a la reciente obligatoriedad de que los jóvenes mayores de 18 años se registren en el Registro Federal de Contribuyentes (RFC). Esta medida, implementada desde el año pasado, ha generado interrogantes sobre las responsabilidades y posibles sanciones para aquellos que no cumplan con esta disposición.

Sin embargo, el SAT ha asegurado que aquellos jóvenes que alcancen la mayoría de edad y aún no cuenten con su RFC no serán sancionados ni multados, siempre y cuando no obtengan ingresos provenientes de actividades económicas. Esta aclaración busca tranquilizar a quienes aún no han realizado este trámite.

Además, es importante destacar que las personas que ya hayan realizado su registro o estén en proceso de hacerlo no están obligadas a pagar impuestos ni presentar declaraciones informativas, ya sea de forma mensual o anual. Tampoco tienen la obligación de notificar cambios a menos que inicien actividades económicas o cambien de régimen.

Para aquellos jóvenes que estén registrados en el RFC pero no estén trabajando, es necesario verificar que estén inscritos correctamente como «inscripción de personas físicas sin actividad económica» en el Portal del SAT. Esto evitará generar obligaciones fiscales innecesarias.

En resumen, el SAT ha proporcionado claridad sobre las obligaciones de los jóvenes en relación con el RFC, asegurando que aquellos que no estén generando ingresos económicos no serán penalizados y que quienes ya estén registrados no tienen la obligación de cumplir con ciertas declaraciones o pagos fiscales si no están ejerciendo alguna actividad económica.

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