¡Alerta fiscal! SAT cancelará sellos digitales a estos contribuyentes a partir del 15 de mayo

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Foto: Pexels

El 15 de mayo de 2024 es una fecha crucial para contribuyentes mexicanos. Aquellos que sean personas morales y físicas con actividad empresarial deben presentar ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT) el dictamen de estados financieros del ejercicio 2023. Este documento, elaborado por un contador público autorizado, emite una opinión sobre la naturaleza, alcance y resultado de la situación financiera del contribuyente.

¿Quiénes están obligados y qué implica esta medida fiscal?

Esta obligación aplica para personas morales que, en el ejercicio anterior, hayan acumulado ingresos iguales o superiores a 1,855 millones 919 mil 380 pesos para el impuesto sobre la renta o tengan acciones en la bolsa de valores. Asimismo, personas físicas con actividad empresarial y personas morales tienen la opción de presentarlo si sus ingresos acumulables superan 157 millones 785 mil 270 pesos y si el valor de sus activos es superior a 124 millones 650 mil 380 pesos, con al menos 300 trabajadores prestando servicios en cada mes del ejercicio declarado.

Consecuencias de incumplir

Presentar este documento a tiempo es crucial para evitar multas. De acuerdo con la Prodecon, quienes no lo hagan o lo presenten fuera de plazo enfrentarán sanciones que van desde 17,330 pesos hasta 173,230 pesos. Además, se les podría restringir el uso del Certificado del Sello Digital necesario para emitir comprobantes fiscales, e incluso podría derivar en la cancelación definitiva de este sello, entre otras penalizaciones establecidas por las disposiciones fiscales.

¿Qué es el Dictamen Fiscal y quiénes deben presentarlo?

El dictamen fiscal es la interpretación de los estados financieros del contribuyente, realizado por un Contador Público Inscrito en el registro de la Administración General de Auditoría Fiscal Federal del SAT. Este dictamen busca cumplir con las disposiciones fiscales y proporcionar una opinión sobre la situación económica de la organización. De acuerdo con el artículo 32-A del Código Fiscal de la Federación, tanto personas físicas con actividades empresariales como personas morales pueden optar por dictaminar sus estados financieros por un contador público autorizado.

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