Foto: Pexels
En un país donde el reparto de utilidades es un derecho constitucional, surge una pregunta que sigue desconcertando a muchos trabajadores y empresas por igual: ¿las utilidades pagan impuestos? Según lo que establece el SAT en 2024, la respuesta es un tanto compleja y depende de varios factores.
El reparto de utilidades, que comienza en mayo y se extiende hasta junio según el tipo de empleador, es un evento crucial para millones de trabajadores en México. Sin embargo, su relación con los impuestos puede generar incertidumbre y confusión.
De acuerdo con la ley mexicana, las utilidades generan impuestos solo cuando la cantidad excede el equivalente a 15 UMA (Unidades de Medida y Actualización). En el caso de que se supere este umbral, las utilidades están sujetas al Impuesto Sobre la Renta (ISR).
Pero, ¿cómo se determina la cantidad que corresponde a cada trabajador y cómo afecta esto a su carga fiscal? La respuesta radica en un cálculo meticuloso que considera tanto el sueldo percibido como los días trabajados durante el período de reparto. El monto a repartir se divide en dos partes: la primera se distribuye entre los trabajadores en función de los días trabajados en el año, mientras que la segunda se distribuye proporcionalmente al nivel de ingresos.
Este proceso puede parecer complejo, pero es esencial comprenderlo tanto para empleadores como para empleados. Por un lado, las empresas deben estar al tanto de sus obligaciones fiscales y asegurarse de cumplir con la ley. Por otro lado, los trabajadores deben entender cómo se calculan sus utilidades y cómo esto puede afectar su situación fiscal.
En resumen, si bien las utilidades pueden generar impuestos en ciertos casos, la clave está en comprender las reglas y los límites establecidos por la ley. Con un conocimiento claro de estos aspectos, tanto empleadores como empleados pueden navegar por el complejo panorama fiscal del reparto de utilidades con mayor confianza y claridad.Principio del formulario
Para cualquier servicio relacionado con el tema, escríbenos: a.piedra@piedraconsultores.mx