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El Servicio de Administración Tributaria (SAT) tiene la facultad de solicitar a los contribuyentes la entrega de su contabilidad para revisión y auditoría. Los plazos para entregar la contabilidad varían según el tipo de requerimiento o revisión que se esté llevando a cabo por la autoridad fiscal. A continuación, se detalla la información relevante sobre estos plazos y los requisitos asociados.
Plazos para Entregar la Contabilidad
De acuerdo con el Artículo 53 del Código Fiscal de la Federación (CFF), los plazos para presentar la contabilidad son los siguientes:
- Libros y registros en el curso de una visita: Deben presentarse de inmediato. Según la tesis de jurisprudencia VI.1o.A J/15, «de inmediato» significa que la información debe ofrecerse el mismo día en que se hace la solicitud correspondiente.
- Documentos solicitados durante una visita: Deben entregarse dentro de los seis días contados a partir del día siguiente a aquel en que surta efectos la notificación de la solicitud.
- Otros documentos: Deben entregarse dentro de los quince días contados a partir del día siguiente a aquel en que surta efectos la notificación de la solicitud.
Libros y Registros que Forman Parte de la Contabilidad
Para determinar qué libros y registros forman parte de la contabilidad del contribuyente, se debe atender al Artículo 28 del CFF y al Artículo 33 del Reglamento del CFF. La tesis aislada VI.3o.A.168 A señala que la contabilidad incluye, entre otros, los libros diario y mayor, los registros y sistemas contables, cuentas especiales, libros y registros sociales, y la documentación comprobatoria de los asientos respectivos.
Plazos Adicionales
Los plazos para entregar la contabilidad pueden ampliarse por las autoridades fiscales por diez días más cuando se trate de informes cuyo contenido sea difícil de proporcionar o de difícil obtención. Los contribuyentes pueden solicitar esta prórroga, aunque no existe una disposición específica sobre cómo hacer la solicitud.
Sanciones
Según los Artículos 85, fracción I, y 86, fracción I del CFF, si el contribuyente no proporciona la contabilidad cuando es solicitada, se considera una infracción y puede hacerse acreedor a una multa que va de 22,400 a 67,210 pesos.
Conclusión
Es fundamental que los contribuyentes conozcan y cumplan con los plazos establecidos para la entrega de su contabilidad al SAT, para evitar sanciones y facilitar los procesos de revisión y auditoría de la autoridad fiscal.