En redes sociales y medios suele circular una preocupación común: ¿puede el SAT multarme por recibir depósitos en efectivo mayores a 15 mil pesos? La respuesta oficial es no: no existe una multa por recibir depósitos en efectivo superiores a esa cantidad, pero sí puede aplicarse un impuesto específico en ciertos casos.
Desde 2008, en México está vigente el Impuesto a los Depósitos en Efectivo (IDE). Este impuesto aplica a personas físicas o morales que reciben depósitos en efectivo —en moneda nacional o extranjera— por más de 15 mil pesos mensuales. El objetivo es combatir la evasión fiscal y ampliar la base de contribuyentes.
¿Cuánto se paga y cuándo?
El IDE corresponde al 2% del monto que exceda los 15 mil pesos mensuales. Por ejemplo, si una persona recibe 20 mil pesos en efectivo durante un mes, el impuesto aplicable sería de 400 pesos.
¿A qué depósitos no aplica el IDE?
Están exentos del IDE los siguientes depósitos:
- Transferencias electrónicas.
- Traspasos entre cuentas del mismo titular.
- Cheques, pagarés u otros títulos de crédito.
- Depósitos relacionados con actividades familiares, ventas de catálogo, tandas o préstamos personales.
En estos casos, no se genera impuesto ni se activa una revisión automática.
¿El SAT vigila todas las cuentas?
No. El SAT no monitorea sistemáticamente todas las cuentas bancarias. Sin embargo, las instituciones financieras tienen la obligación de reportar operaciones inusuales. Además, el SAT realiza alrededor de 10 mil auditorías anuales, principalmente cuando detecta inconsistencias entre los ingresos declarados y los movimientos bancarios.
¿Puedo evitar el pago del IDE?
Sí, si puedes acreditar el origen legal de los depósitos mediante facturas o recibos, podrías quedar exento del impuesto. Lo importante es mantener la trazabilidad y formalidad de tus ingresos.
En resumen
- No hay multa por recibir depósitos en efectivo superiores a 15 mil pesos.
- Podrías estar sujeto al IDE del 2%, dependiendo del origen del dinero.
- Este impuesto no aplica a transferencias ni a depósitos justificados.
- La finalidad es promover la equidad fiscal, no penalizar.
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