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El Servicio de Administración Tributaria (SAT), entidad gubernamental encargada de supervisar las obligaciones fiscales en México, ha anunciado que a partir del 1 de abril de 2024 será obligatorio emitir facturas electrónicas utilizando la versión 3.0 proporcionada por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP). Esta medida busca garantizar el cumplimiento adecuado de las normativas fiscales en el país.
La prórroga para utilizar facturas electrónicas con la carta porte completa, que expiró el 31 de marzo del presente año, hace imperativo que todos los contribuyentes utilicen la versión 3.0 para evitar posibles multas en el futuro.
La versión 3.0 de los Comprobantes Fiscales Digitales por Internet (CFDI) y sus complementos fue publicada por la SHCP el 28 de septiembre de 2023. Inicialmente, el SAT había establecido un período de convivencia entre las versiones 2.0 y 3.0 hasta el 31 de diciembre de 2023, pero se extendió hasta el 31 de marzo de 2024 para permitir la adaptación de los contribuyentes.
¿Qué es la Carta Porte versión 3.0 y quiénes deben tenerla?
La Carta Porte versión 3.0 es un documento fiscal digital emitido para respaldar el traslado de mercancías en territorio nacional. Su objetivo principal es combatir el contrabando y proporcionar certeza sobre los bienes transportados. Este documento contiene información detallada sobre las mercancías, su origen y destino, así como los medios de transporte utilizados.
Beneficios de la Carta Porte versión 3.0:
- Identificación detallada de las mercancías y las rutas de transporte.
- Conocimiento del origen y destino de las mercancías para prevenir riesgos en el traslado.
- Facilitación de información para establecer estrategias de seguridad en las rutas.
- Verificación de operaciones realizadas por personas involucradas en el transporte de mercancías.
- Apoyo a las autoridades en el control y vigilancia de las vías de paso para verificar mercancías.
Multas por incumplimiento:
- Los contribuyentes que no emitan la carta porte podrían enfrentar multas de 400 a 600 pesos por cada factura electrónica sin complemento.
- La falta de exhibición de la carta porte podría resultar en multas que van desde los 760 hasta los 14,710 pesos.
- Reincidir en el incumplimiento podría acarrear multas desde los 19,700 hasta los 112,650 pesos.
- Las personas físicas podrían enfrentar multas desde 1,700 hasta 3,380 pesos, además de posibles clausuras preventivas.
- No expedir o acompañar la documentación de transporte podría resultar en multas desde 880 hasta 17,030 pesos.
Estas medidas tienen como objetivo fortalecer el comercio formal, combatir la informalidad y el contrabando, y garantizar el cumplimiento adecuado de las obligaciones fiscales en México.