Foto: Google
El SAT (Servicio de Administración Tributaria) dio una prórroga para el 2 de octubre del 2023, en donde los contribuyentes que tributan en el RESICO (Régimen Simplificado de Confianza) debían tener su firma electrónica y el buzón tributario activo.
Uno de los beneficios era que podías emitir facturas electrónicas con dos aplicaciones “Factura Fácil” y “Mi Nómina” de “Mis Cuentas”.
Pero ahora, todos los contribuyentes que no tengan firma electrónica serán devueltos a su régimen correspondiente, el que este acorde con su actividad (empresarial, honorarios, arrendamiento, etc.).
RESICO
En este régimen entran los contribuyentes que tengan ingresos anuales de hasta 3.5 millones de pesos y pagan el ISR (Impuesto Sobre la Renta) que va desde el 1% hasta el 2.5%.
De igual forma pueden acceder a los beneficios de este régimen quienes realicen estas actividades empresariales y profesionales:
- Talleres mecánicos.
- Imprentas.
- Restaurantes.
- Cafeterías.
- Cocinas económicas.
- Bares.
- Tiendas de abarrotes.
- Misceláneas.
- Minisúper.
- Escuelas y guarderías.
- Ferreterías y refaccionarias.
También pueden entrar al RESICO:
- Abogados.
- Contadores.
- Médicos.
- Odontólogos
- Y muchos más.