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Tras cumplir un año en una empresa tienes el derecho a recibir tus vacaciones, según lo establecido en la Ley Federal del Trabajo.
El Art. 76 de la LFT dice que todos los trabajadores, siempre y cuando tengan mas de un año de servicios, podrán tomarse un periodo de vacaciones pagadas “que en ningún caso podrá ser inferior a 6 días”.
También la ley determina que el periodo vacacional debe de aumentar dos días por cada año de servicio cumplido, hasta llegar a 12 días, después se aumentaran dos días por cada periodo de cinco años de servicio.
El Art. 77 habla de los trabajadores que prestan servicios por temporada y dice que “tendrán derecho a un periodo anual de vacaciones, en proporción al numero de días de trabajo en el año”.
También el Art. 79 de la LFT dice que las vacaciones no podrán compensarse con una remuneración, a menos que la relación laboral termine antes de que se cumpla el año de servicios. Por ende ningún reglamento interno esta por encima de la ley y las vacaciones son un derecho que le corresponde a todos los trabajadores.
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