Setiembre es el mes de los testamentos y el gobierno pone a disposición muchas facilidades para conocerlo, saber acerca de los procesos y también de las obligaciones fiscales que se adquieren ante el SAT.
Testamento
El testamento es un acto personalísimo, revocable y libre, por el cual una persona capaz dispone de sus bienes y derechos, y declara o cumple deberes para después de su muerte.
El otorgamiento de testamento evita gastos mayores, pérdidas de tiempo y problemas en las familias. Cuando elaboramos uno heredamos también tranquilidad a nuestros seres queridos, porque cuando existe un testamento no hay necesidad de pasar por un juicio sucesorio intestamentario que, dicho sea de paso, es caro, tedioso y largo.
Fuente: Gob.mx
La Ley del ISR dice que los bienes que obtengas por concepto de herencia en un testamento o legado están libres del cobro del ISR, pero existen condiciones para estar bajo esta exención.
En este caso se debe de notificar al fisco mediante la declaración de impuestos, si no quieres que se te cobre el ISR, debes de notificar siempre y cuando la suma rebase los 500 mil pesos, sumándole todos tus ingresos.
Reportarlo en la declaración anual es esencial para que la autoridad no detecte anomalías que puedan anular la exención del ISR ya que si omites la declaración te cobraran el gravamen completo.
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