El SAT lanza ultimátum: plazo hasta el 31 de enero para incorporarse al Régimen Simplificado de Confianza

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) ha lanzado una advertencia a los contribuyentes que deseen tributar en el Régimen Simplificado de Confianza (RESICO). El organismo fiscalizador ha establecido el 31 de enero de 2025 como fecha límite para realizar el Aviso de Actualización de Actividades. Esta medida busca facilitar a las personas físicas y morales la incorporación a un régimen diseñado para simplificar el cumplimiento de sus obligaciones fiscales.

¿Qué es el Régimen Simplificado de Confianza?

El RESICO, implementado desde 2022, es un esquema que permite a los contribuyentes cumplir con sus obligaciones fiscales de manera sencilla y eficaz. Este régimen está orientado a personas físicas y empresas que buscan reducir su carga administrativa. Una de las principales ventajas de RESICO es que el cálculo del impuesto sobre la renta (ISR) se realiza con base en los ingresos facturados y cobrados, eliminando la necesidad de complejas gestiones contables.

El SAT facilita la declaración anual precargada, reduciendo el tiempo que los contribuyentes deben dedicar al proceso. Los porcentajes de ISR aplicables en este régimen oscilan entre el 1% y el 2.5% de los ingresos anuales, dependiendo del nivel de ingresos y la actividad económica del contribuyente.

¿Quiénes pueden beneficiarse?

El RESICO está diseñado para beneficiar a los siguientes perfiles:

  1. Personas físicas con ingresos anuales menores a 3.5 millones de pesos provenientes de:
    • Actividades empresariales y profesionales.
    • Régimen de Incorporación Fiscal (RIF).
    • Arrendamiento de bienes inmuebles.
    • Actividades agrícolas, ganaderas, pesqueras y silvícolas.
  2. Personas morales cuyos ingresos anuales no excedan los 35 millones de pesos, siempre que sus socios sean únicamente personas físicas. Este esquema es especialmente relevante para pequeñas y medianas empresas, ya que el SAT reporta un padrón registrado de 2.1 millones de micro y pequeños negocios con ingresos brutos anuales menores a 35 millones de pesos.

Plazos y requisitos importantes

El SAT ha sido enfático: el 31 de enero de 2025 es la fecha límite para que los contribuyentes que deseen migrar al RESICO presenten su Aviso de Actualización de Actividades. Esto aplica a personas físicas que tributaron en 2024 bajo los regímenes de Actividades Empresariales, Profesionales o Arrendamiento y que desean cambiar al RESICO en 2025.

Asimismo, quienes inicien actividades económicas y cumplan con los requisitos para tributar en este régimen, podrán presentar su aviso de inscripción al RFC dentro del mes siguiente al inicio de sus actividades económicas, en cualquier momento del año.

Si el SAT modificó el régimen fiscal del contribuyente debido a la falta de declaraciones anuales o por no contar con la e.firma, será necesario presentar un Aviso de Actualización de Actividades Económicas y Obligaciones para reincorporarse al RESICO, de acuerdo con lo establecido en el artículo Décimo Quinto Transitorio de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2025.

Beneficios de tributar en el RESICO

El Régimen Simplificado de Confianza ofrece numerosas ventajas, entre las que destacan:

  • Reducción de la carga administrativa: El SAT se encarga de realizar los cálculos fiscales.
  • Facilidad en la declaración anual: Los datos ya están precargados en el sistema.
  • Ahorro en costos contables: Menor necesidad de contratar servicios externos.
  • Tasas de ISR competitivas: Impuestos entre el 1% y el 2.5%, dependiendo del nivel de ingresos.

No dejes pasar esta oportunidad

El Régimen Simplificado de Confianza representa una alternativa eficiente para cumplir con las obligaciones fiscales. Si estás interesado en migrar a este esquema o si deseas inscribirte por primera vez, no olvides que el plazo vence el próximo 31 de enero de 2025.

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