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El pasado 6 de diciembre, el SAT (Servicio de Administración Tributaria) dio a conocer la segunda versión anticipada de la Cuarta Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2021.
En este documento establecen las vacaciones decembrinas para el personal del SAT, durante estos días no computaran para efectos fiscales, por eso es importante saber las fechas.
Es la regla 2.1.6 la que indica que hay un periodo general de vacaciones, comprendido del 20 al 31 de diciembre del 2021.
Y si deseas ver el documento completo de la segunda versión anticipada de la Cuarta Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2021: