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Como bien sabemos, al hacer la declaración anual, podemos aplicar deducciones personales (gastos a los que se tienen derecho de disminuir los ingresos acumulables). Son cantidades que se pueden restar a los ingresos. Estas deducciones vienen establecidas en el articulo 151 de la Ley del ISR.
Y en el último párrafo de este articulo dice:
“El monto total de las deducciones que podrán efectuar los contribuyentes en los términos de este artículo, no podrá exceder la cantidad que resulte menor entre cinco salarios mínimos o del 15% del total de los ingresos del contribuyente…”
Con esto podemos determinar que las dos limitantes para las deducciones personales son:
– Cinco salarios mínimos generales (UMA) elevados al año: &163,467
– El 15% del total de los ingresos del contribuyente.