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La Inscripción a la continuación voluntaria al régimen obligatorio en el IMSS, mejor conocida como la Modalidad 40 sirve para los trabajadores que fueron dados de baja pero quieren seguir cotizando ante el Instituto Mexicano del Seguro Social.
Este beneficio lo pueden aprovechar las personas que estén inscritas en la Ley del 73 como lo dijimos en una nota anterior. Con esta modalidad puedes incrementar el promedio salarial de los últimos 5 años y sumar semanas cotizadas ante el IMSS.
Si entras a esta modalidad, básicamente tienes que pagar mensualmente; este pago es del 10% del salario con el que te das de alta. De cualquier forma tu puedes decidir el salario con el que deseas cotizar y este debe ser igual o superior a tu último salario.
Hay que recalcar que no se puede pagar la Modalidad 40 en una sola exhibición pero si se pueden hacer los pagos retroactivos. Si tienes 9 meses que dejaste de cotizar puedes hacer la aportación por estos 9 meses con el fin de mejorar tu pensión.
Requisitos
– Estar en la Ley del 73.
– No estar cotizando ante el IMSS.
– Solicitar la modalidad antes de 5 años de tu fecha de baja.
– Tener un mínimo de 52 semanas cotizadas en los últimos 5 años.
Documentos que necesitas
En línea
– Clave Única de Registro de Población (CURP).
– Número de Seguridad Social (NSS).
– Correo electrónico.
En la subdelegación
– Clave Única de Registro de Población (CURP).
– Número de Seguridad Social (NSS).
– Correo electrónico.
– Identificación oficial vigente. Original y copia.
– Escrito libre solicitando la inscripción en la continuación voluntaria en el régimen obligatorio, con firma autógrafa o huella digital. Original y copia.
– Comprobante de domicilio. Original y copia.
Para cualquier servicio relacionado con el tema, no te olvides de mandarnos un mail o escribirnos directo a nuestro número telefónico, quedamos atentos a tu solicitud.
a.piedra@piedraconsultores.mx