La Prodecon dice que el SAT no debe condicionar una devolución por el cumplimiento de un tercero

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Foto: Pexels

El SAT ha denegado las devoluciones de saldos a favor del ISR, aduciendo que los empleadores o retenedores no cumplieron con el pago mensual de las cantidades retenidas, lo cual afecta a los contribuyentes que obtienen ingresos por sueldos y salarios o por servicios personales subordinados.

Ante esta situación, la Prodecon ha emitido la Recomendación Sistémica 1/2021, que señala que la autorización de devoluciones no puede condicionarse al cumplimiento de terceros.

No obstante, el SAT solicitará a los contribuyentes documentación que demuestre la relación laboral en casos donde el patrón no haya realizado las retenciones correspondientes, conforme al Artículo 22 del Código Fiscal de la Federación.

Es crucial que los contribuyentes cuenten con la documentación necesaria para acreditar la relación laboral, como recibos de nómina, estados de cuenta y comprobantes de afiliación a instituciones como el IMSS e Infonavit.

Entre los documentos que pueden servir para acreditar la relación laboral se encuentran:

  • Recibos de pago de nómina o Comprobantes Fiscales Digitales por Internet (CFDI) emitidos por el retenedor.
  • Estados de cuenta que evidencien los pagos efectuados por el retenedor.
  • Comprobantes de afiliación al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) e Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (Infonavit).
  • Estados de cuenta de la Administradora de Fondos para el Retiro (Afore) correspondiente.
  • Contrato laboral.
  • Licencias médicas tramitadas, entre otros documentos.

Para cualquier servicio relacionado con el tema, escríbenos:

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