Foto: Pexels
El artículo 81 de la Ley Federal del Trabajo (LFT) aborda el tema de las vacaciones, y aquí te explicamos todo lo que necesitas saber.
Si has cumplido un año en tu empleo, ya tienes derecho a vacaciones. Aunque tal vez prefieras guardarlas para una ocasión especial, es importante entender si las vacaciones caducan o se acumulan. Aquí te damos todos los detalles.
Derecho a vacaciones
El Capítulo IV de la LFT trata sobre las vacaciones de los empleados, especificando cuándo pueden tomarse y cómo deben ser pagadas. La normativa cubre desde el artículo 76 hasta el 81.
¿Qué dice la ley sobre la acumulación de vacaciones?
Una vez que cumples un año de servicio, tienes derecho a vacaciones pagadas. Según la LFT, actualmente te corresponden 12 días de descanso. Esta cantidad aumenta dos días por año de servicio hasta llegar a 20 días. A partir del sexto año, las vacaciones aumentan dos días por cada cinco años adicionales de servicio, de acuerdo con el artículo 76.
Reglas sobre el disfrute de las vacaciones
Los artículos 78 y 79 de la LFT establecen lo siguiente:
Artículo 78: «El trabajador disfrutará de 12 días de vacaciones continuos, por lo menos. Dicho periodo, a potestad de la persona trabajadora, podrá ser distribuido en la forma y tiempo que así lo requiera.»
Artículo 79: «Las vacaciones no podrán compensarse con una remuneración.»
¿Pueden caducar las vacaciones?
La LFT no menciona nada específico sobre la acumulación de vacaciones. Sin embargo, este derecho laboral debe ser ejercido como máximo seis meses después de cumplir un año de servicio. Si no se toman en ese tiempo, la empresa puede considerarlas caducadas. Así que, ¡mejor utilízalas!