Foto: Google
Los datos que deben de considerarse al acudir a una cita para la Conciliación Laboral son:
– Las dos partes deben de acudir personalmente.
– En el caso de las empresas, debe de acudir el apoderado legal. En el caso de los trabajadores podrá llevar a un abogado o a un Procurador de la Defensa del Trabajo, este no se reconocerá como su apoderado.
– Si el trabajador o el trabajador no comparecen en la audiencia por causa justificada, se les dará una nueva cita en los cinco días siguientes.
– En la audiencia el solicitante y la parte citada deberán de identificarse con su documento oficial vigente.
En el caso de que las partes no lleguen a un acuerdo, el Centro de Conciliación Laboral emitirá una constancia de NO Conciliación, que permite que la persona solicitante inicio un juicio.
No olvides escribirnos para cualquier duda o servicio relacionado con el tema:
a.piedra@piedraconsultores.mx