Los negocios pequeños pueden tributar en el RESICO

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Foto: Pexels

Las pequeñas empresas que generan ingresos de hasta 35 millones de pesos anuales cuentan con una serie de ventajas que facilitan el cumplimiento de sus obligaciones fiscales de manera ágil y sencilla.

En este sentido, estas empresas tienen la opción de tributar bajo el nuevo Régimen Simplificado de Confianza (Resico) destinado a Personas Morales. En este régimen, es posible pagar el Impuesto Sobre la Renta (ISR) únicamente sobre los ingresos efectivamente percibidos, realizar deducciones de inversiones, y están exentas de presentar la Declaración Informativa de Operaciones con Terceros (DIOT), así como de llevar la contabilidad electrónica. Además, cuentan con el beneficio del prellenado de declaraciones de ISR.

No obstante, es fundamental que estas empresas cumplan con ciertos requisitos, siendo uno de ellos de vital importancia: la presentación del aviso correspondiente.

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) ha recordado que el 31 de enero es la fecha límite para que las personas morales con ingresos de hasta 35 millones de pesos al año presenten su aviso para ser consideradas dentro del Resico. Advierte que, de no cumplir con este plazo, no podrán realizar cambios en la opción de tributación durante el ejercicio fiscal actual.

¿Cómo realizar este trámite?

El SAT indica que las empresas deben presentar el aviso de actualización de actividades económicas y obligaciones, siguiendo la ficha de trámite 71/CFF del Anexo 1-A de la Resolución Miscelánea Fiscal vigente.

Los pasos a seguir son los siguientes:

  1. Ingresar al portal del SAT.
  2. En la modalidad de Empresa, seleccionar el apartado «Trámites del RFC».
  3. Expandir el menú de «Actualización en el RFC».
  4. Dar clic en la opción «Presenta el aviso de actualización de actividades económicas y obligaciones de tu empresa».
  5. Iniciar sesión con RFC y Contraseña o e.firma.
  6. Llenar los datos solicitados en el formulario y confirmar la información.
  7. Finalmente, imprimir o guardar el «Acuse de movimientos de actualización de situación fiscal».

Para cualquier servicio relacionado con el tema, escríbenos:

a.piedra@piedraconsultores.mx

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