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Existen varios tipos de pensión que otorga el Instituto Mexicano del Seguro Social, uno de ellos es el pago de viudez. Esta se les otorga a los cónyuges sobrevivientes de los trabajadores asegurados cuando fallecen.
Pero el 24 de marzo la institución lanzo un comunicado en donde señalan que eliminaron ciertos requisitos para poder tramitar el pago.
Los requisitos anteriores eran, ser el cónyuge, tener al menos 65 años o contar con una incapacidad permanente, haber estado casados por al menos 5 años y haber registrado como beneficiario ante el IMSS.
Antes según el Art. 123 las personas no tenían derecho a la Pensión IMSS por Viudez si estaban bajo estos estándares:
· Cuando hubiese contraído matrimonio con el asegurado después de haber cumplido éste los cincuenta y cinco años de edad, a menos que a la fecha de la muerte haya transcurrido un año desde la celebración del enlace.
· Cuando al contraer matrimonio el asegurado recibía una pensión de invalidez, vejez o cesantía en edad avanzada, a menos de que a la fecha de la muerte haya transcurrido un año desde la celebración del matrimonio.
Pero se eliminaron estos requisitos y las personas viudas pueden cobrar la pensión que les corresponde.
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