SAT Sorprende a Contribuyentes:

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El Servicio de Administración Tributaria (SAT) ha dado a conocer una facilidad importante para los contribuyentes en cuanto al pago de sus obligaciones fiscales, permitiendo que ciertos trámites puedan realizarse después del 17 de septiembre sin considerarse extemporáneos. Esta prórroga aplica tanto para personas físicas como morales, y evita que incurran en recargos o actualizaciones por pagos fuera de plazo.

Fecha Límite para Declaraciones Fiscales

De acuerdo con las disposiciones fiscales vigentes, el 17 de cada mes es la fecha límite para presentar la declaración y pago de impuestos federales como el ISR (Impuesto Sobre la Renta), IVA (Impuesto al Valor Agregado) e IESPS (Impuesto Especial sobre Producción y Servicios). Sin embargo, algunos contribuyentes pueden beneficiarse de unos días adicionales para realizar estos pagos, dependiendo del sexto dígito numérico de su Registro Federal de Contribuyentes (RFC). A este beneficio se le ha denominado el “Horóscopo Fiscal”.

¿Cómo Funciona el Horóscopo Fiscal?

El número de días adicionales para pagar tus impuestos está determinado por el sexto dígito numérico del RFC. Por ejemplo, si tu RFC es CASP960520XXX, el sexto dígito es “0”, lo que significa que cuentas con hasta cinco días hábiles adicionales después del día 17 para realizar tu pago sin penalización. A continuación, se detalla el esquema de prórrogas según el sexto dígito del RFC:

  • Dígitos 1 y 2: Hasta un día hábil adicional (día 17 + 1).
  • Dígitos 3 y 4: Hasta dos días hábiles adicionales (día 17 + 2).
  • Dígitos 5 y 6: Hasta tres días hábiles adicionales (día 17 + 3).
  • Dígitos 7 y 8: Hasta cuatro días hábiles adicionales (día 17 + 4).
  • Dígitos 9 y 0: Hasta cinco días hábiles adicionales (día 17 + 5).

Obligaciones Fiscales de Personas Físicas y Morales

Todos los contribuyentes, ya sean personas físicas o morales, deben tributar en el régimen que les corresponda, según la actividad económica que realicen o los ingresos que perciban. Cada régimen tiene diferentes requisitos y un tratamiento fiscal específico.

¿Quiénes Están Obligados a Pagar ISR?

El ISR debe ser pagado tanto por personas físicas como morales. Entre los sujetos obligados al pago de este impuesto se encuentran:

  • Residentes en México, quienes deben declarar y pagar impuestos sobre todos sus ingresos.
  • Residentes en el extranjero con establecimiento permanente en México, quienes deben tributar por los ingresos generados por dicho establecimiento.
  • Residentes en el extranjero, por ingresos procedentes de fuentes de riqueza situadas en territorio nacional.

Tasas del ISR

  • Personas morales: Aplican una tasa del 30% sobre sus ingresos.
  • Personas físicas: Las tasas son variables, oscilando entre un 1.92% y un 35%, dependiendo del monto de los ingresos gravables, según las tablas establecidas en la Ley del ISR.

Es esencial conocer tu situación fiscal y el plazo que te corresponde para evitar recargos y cumplir correctamente con tus obligaciones tributarias.

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